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PROFEPA denuncia a constructora del Hotel Riu por destrucción de nido de tortuga en CSL

PROFEPA | | Los Cabos, Baja California Sur

Diciembre, 2018

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) interpuso denuncia ante el Ministerio Público de la Federación contra la empresa Solar Chaca, S.A. de C.V., y/o quien resulte responsable, por presunto delito contra la biodiversidad, al destruir un nido de tortuga marina golfina --deshizo 18 huevos con embrión-- por introducir maquinaria pesada en una playa en el Área de Protección de Flora y Fauna Cabo San Lucas.

Actualmente la mencionada empresa construye el Hotel Riu Palace Baja California, frente al lugar donde sucedieron los hechos.

Asimismo, tras realizar visita de amp-adpección, inició procedimiento administrativo contra la empresa Solar Chaca, S.A. de C.V. por daños a la vida silvestre, con fundamento en  los artículos 4° de la Ley General de Vida Silvestre y 10 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Los hechos denunciados ocurrieron durante la noche en la playa El Médano, dentro del Área Natural Protegida (ANP), competencia de la federación, el Área de Protección de Flora y Fauna Cabo San Lucas, cuando personal de la Coordinación General de Zona Federal Marítimo Terrestre del municipio de Los Cabos se percató de los hechos.

Personal de esta Procuraduría atendió el reporte y constató que maquinaria pesada ingresó a la playa, encontró en el sitio huellas que dejó a su paso el tractor de oruga, que en el trayecto destruyó un nido de tortuga marina golfina (Lepidochelys olivacea):

Fueron totalmente destruidos 18 huevos, los cuales se encontraban en fase II de desarrollo, con embrión.

Se logró el rescate de 20 huevos, los cuales fueron transportados para su incubación en el hotel Casa Dorada, ubicado en Playa El Médano, a cargo de la Red de Protección de la Tortuga Marina del Municipio de Los Cabos, que cuenta con autorización de la SEMARNAT para el manejo de tortugas marinas, mediante aprovechamiento no extractivo.

Cabe resaltar que el artículo 420 del Código Penal Federal establece que “se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente dañe a algún ejemplar de tortuga o mamífero marino; o dañe ejemplares de especies acuáticas declaradas en veda;

Administrativamente, la empresa amp-adpeccionada podría alcanzar una multa de hasta 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, por realizar actos que causen la destrucción o daño de la vida silvestre o de su hábitat, así como su amp-adcripción en el Padrón de Infractores de la legislación en materia de vida silvestre.


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